Eso mismo le pasó a mi madre pero peor. Tuvo una multa de tráfico, se lo enviaban a un casa que tiene en alquiler. Los inquilinos habían guardado la carta en un cajón. Dió la casualidad de que sin previo aviso se largaron y claro, como no pagaban, fuimos por allí y abrimos la casa.
Pues haciendo la limpieza de la casa, vimos varias cartas de Tráfico y cuando las abrimos venía la sorpresa de las notificaciones de la multa. Fuimos por tráfico y nos dijeron que estaba publicado en el BOE y que era nuestra obligación leer el BOE (quien cojones se lee el BOE a no ser que seas abogado o tu profesión esté relacionado con ello o estés en el ajo de pillar ayudas, subvenciones etc...) y que estaban a punto de embargarle la casa a mi madre.
La cuestión es: por una multa de tráfico ¿Se puede hacer eso?, ¿eso es legal?
En fin, que no tiene ninguna proporcionalidad una pequeña multa de tráfico, con toda una casa o con una plaza de garaje, etc...
Digo yo que lo primero que tendría que hacer Tráfico es: si no se localiza a la persona, antes de sacarlo al BOE y luego embargar, lo que tendrían que hacer es contactar con Hacienda por si la persona tiene varias cuentas corrientes y notificar la multa en la dirección donde viva esa persona según esas cuentas corrientes. Porque resulta que se puede dar diversas casuísticas de que la persona se haya ido al extranjero durante todo el año, o que no le lleguen las cartas a ese lugar, o que está viviendo en otro sitio como era el caso, etc... etc... y van te embargan todo lo que pillen.
Yo lo que hago es que, de forma regular, cada 6 meses, me meto en una página para ver si tengo multas publicadas en algún BOE, BOCAM, etc.... y meto todas las matrículas de los vehículos que tenemos.