Bueno, ya tengo respuesta parcial de la GC. Y digo parcial pq en breve se va a modificar el Reglamento General de Circulación, y a espensas de las posibles modificaciones que en él se incluyan os comento la información que me han dado.
Dado el vacio legal que existe en este tema en concreto, tienen que aplicar otros criterios para decidir si actúan o no actúan y te dejan seguir circulando como si nada. (primer criterio)
Después hacen un repaso según otros criterios, en cuanto a propiedades técnicas del vehículo, reglamentos en cuanto a seguridad de los menores (según me han comentado, la norma general que ellos les piden que apliquen es que es menos seguro que vayan en el asiento en sentido contrario de la marcha), etc...
Pero al final todo va a depender, según está la cosa, del criterio del GC en cuestión, pero que el viento sopla a que NO es reglamentario (ilegal no pq tampoco está recogido como tal).
Si hay alguna modificación en este sentido, me avisan.